1017312-3-LP26·DIRECCION DE ABASTECIMIENTO DE LA ARMADA·Región del Biobío
Descripción
Contar con un convenio de atención que otorgue el Servicio de Tratamiento Integral de Braquiterapia y Radioterapia para el Sistema de Salud Naval en la Provincia de Concepción; debido a que la Institución no cuenta con la capacidad técnico-médica resolutiva para otorgarlo en la zona, siendo necesario efectuar la derivación del paciente a un prestador en convenio para que brinde la atención requerida. Que, de acuerdo a lo establecido, en el artículo 26° de la Ley N° 19.465, el Sr. Director de Sanidad de la Armada, está facultado para suscribir convenios de atención con Servicios de Salud, hospitales, clínicas, centros de diagnósticos, u otros similares, que sean indispensables para asegurar una oportuna y eficiente atención de los beneficiarios del SISAN, a través de todo el país.
“Servicio de Tratamiento Integral de Braquiterapia y Radioterapia para el Sistema de Salud Naval en la Provincia de Concepción